lunes, 18 de febrero de 2013

sustancias esenciales para el tratamiento de équidos

Modificación del Reglamento que lista las sustancias esenciales para el tratamiento de équidos


Reglamento (UE) nº 122/2013 de la comisión

Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) nº 1950/2006 de la Comisión establece una lista de sustancias esenciales para el tratamiento de los équidos, que, no obstante lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva 2001/82/CE, pueden administrarse a los équidos destinados al sacrificio para consumo humano, a condición de observar un tiempo de espera de al menos seis meses.
Fuente: Unión Europea
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