miércoles, 5 de octubre de 2011

RESISTENCIAS A ANTIBIOTICOS

El abuso de los agentes antimicrobianos tanto en la medicina humana como en la medicina veterinaria puede conducir a la emergencia de bacterias resistentes y al fracaso del tratamiento en los seres humanos y en los animales. En consecuencia, se han incrementado el sufrimiento y las mortalidades debidos a patógenos que antes hubieran sido vencidos.

En varias regiones del mundo donde se crían animales, la manera más apropiada de suministrar antibióticos y tratar los animales exige la intervención de los veterinarios, como especialistas de alto nivel formados para este fin. La OIE considera que la profesión veterinaria, al igual que las profesiones médica y farmacéutica, debe estar regulada por la legislación a fin de garantizar la ética y la competencia profesional que son indispensables en el ámbito del uso apropiado de los antibióticos y del manejo aceptable de su comercialización en el terreno.

El nuevo espacio web de la OIE sobre la resistencia a los antimicrobianos será una fuente de información que ofrecerá un panorama de la labor de la OIE en la prevención de la resistencia a los antimicrobianos, de su compromiso por un uso prudente de los antibióticos en los animales y del apoyo continuo a la investigación científica.


http://www.oie.int/es/para-los-periodistas/amr-es/

lunes, 3 de octubre de 2011

Condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 961/2011 DE LA COMISIÓN
de 27 de septiembre de 2011 por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima y por el que se deroga el Reglamento (UE) n o 297/2011.
El Reglamento (UE) n o 297/2011 ha sido modificado en varias ocasiones según se ha desarrollado la situación. Tales modificaciones afectaban a la adopción de las tolerancias máximas de radioactividad de aplicación en los piensos y los alimentos originarios de Japón, así como a la inclusión de nuevas prefecturas a la zona a la que se aplicaron restricciones especiales después de que se hallaran en ellas niveles de contaminación por encima de las tolerancias máximas y a la retirada de prefecturas de la zona sometida a restricciones en caso de que un control exhaustivo demuestre que dichas prefecturas no se ven afectadas de manera significativa por la contaminación radiactiva.Dado que el Reglamento (UE) n o 297/2011 ha sido modificado en varias ocasiones en un periodo de tiempo reducido, conviene sustituir dicho Reglamento por uno nuevo. 


Fuente : Unión Europea
Documentacion asociada a la noticia: Descargar Pdf

alerta ES2011/139 Listeria monocytogenesen oreja de cerdo cocinada procedente de España.

En fecha 28 de septiembre las autoridades francesas avisaron a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) de que en un control realizado por la empresa de distribución Leader Price en Francia, en una muestra de oreja de cerdo cocinada lista para el consumo, se había detectado la presencia de Listeria monocytogenes.

El producto objeto de la notificación es de la marca REGAL CATALAN, lote 07072011 y fecha de consumo preferente 05/10/2011.
 
El producto había sido distribuido por la empresa mayorista ROUSILLON SALAISON de Francia y distribuido por el establecimiento Carnes Esman, SL de Girona (10.13132/GE).

La AESAN adelanta esta información el mismo día 28 de septiembre a la Agencia de Protección de la Salud que inicia las investigaciones oportunas. El día 29 aparece en la prensa francesa la información para advertir a los consumidores sobre la presencia de Listeria monocytogenes en el producto en cuestión y ese mismo día se notifica el caso a través del Sistema Coordinado de intercambio Rápido de Información (SCIRI).

Realizadas las investigaciones en la empresa Carnes Esman y de acuerdo con la información facilitada por dicha empresa, el producto es elaborado por una empresa ubicada en la Cataluña Central. Carnes Esman manifiesta asimismo que el producto objeto de la alerta ha sido comercializado en su totalidad al cliente de Francia.

Las investigaciones en la empresa elaboradora han permitido establecer que el lote afectado ha sido vendido íntegramente a la empresa Carnes Esman. En estos momentos continúan las investigaciones oportunas a fin de averiguar las posibles causas de la contaminación.

Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España

En breve, Aice pasará a denominarse Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España (Anice) tras la integración de sus actividades con la Asociación Española de Empresas de la Carne (Asocarne), logrando así aunar los intereses de la industria cárnica española. El propósito es el de presentar, junto con la Confederación de Organizaciones Empresariales del Sector Cárnico de España (Confecarne), de la que forma parte, una voz unitaria ante las Administraciones públicas españolas, las instituciones europeas y organismos internacionales y los interlocutores sociales, políticos y económicos.

Esta nueva estructura organizativa y operativa permitirá afrontar con agilidad y eficacia las necesidades y retos de las industria cárnica española, ante el complicado escenario económico-financiero, productivo y comercial actual, en el que aspectos como la rentabilidad, la competitividad y la internacionalización son claves para el futuro de las empresas.

Asociación Nacional de Criadores de Caballos de Pura Raza Española

La página web de la Asociación Nacional de Criadores de Caballos de Pura Raza Española (ANCCE) publica una información de interés general para el próximo SICAB, que se celebrará en Sevilla del 22 al 27 de noviembre. En ella el lector encontrará información sobre los hoteles, inscripción en el concurso morfológico, Copas ANCCE y resto de concursos, catálogo de ganaderos, etc. 

http://www.ancce.es/mostrar_noticia.php?orden=659

Expediente a España por no aplicar las normas europeas de bienestar animal

Fuente: EUROXPRES, 23/09/2011.
La Comisión Europea ha dado dos meses de plazo a España para que corrija las deficiencias que hay en la aplicación de la normativa europea sobre bienestar animal. No se cumple lo establecido para proteger a los animales en el momento de su sacrificio, ni la legislación en materia de alimentos, ni en lo relativo a salud animal. Si el gobierno español no subsana esas deficiencias en el plazo establecido, el asunto podría llegar al Tribunal de Justicia de la ! UE.

Según explica la Comisión Europea, en varias auditorías efectuadas en España por la Oficina Alimentaria y Veterinaria se observaron graves deficiencias sistemáticas. Fallan los métodos, los equipos, las inspecciones, las medidas correctoras y las sanciones que deben imponerse ante las infracciones.

Pero además se han observado incumplimientos en dos normas comunitarias concretas: la directiva sobre prácticas de sacrificio para minimizar el sufrimiento de los animales y el reglamento que establece las normas para verificar el cumplimiento de la legislación sobre piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

La Directiva comunitaria establece que no se causará a los animales agitación, dolor o sufrimiento evitables durante las operaciones de sacrificio y matanza, u otras relacionadas, ni en los mataderos ni fuera de ellos. Esta norma general se aplica a las operaciones de desplazamiento, estabulación, sujeción, aturdido, sacrificio o matanza. Los mataderos deben estar construidos y equipados de forma que se ajusten a dicha norma. El personal encargado del sacrificio debe tener la aptitud, la destreza y los conocimientos profesionales necesarios. A los animales se les debe aturdir antes de su sacrificio, o dar muerte de forma instantánea.

El reglamento correspondiente establece normas generales para la realización de controles oficiales a fin de comprobar el cumplimiento de las normas orientadas, en particular, a prevenir, eliminar o reducir los riesgos para las personas y los animales, a garantizar prácticas equitativas en el comercio de piensos y alimentos y a proteger los intereses de los consumidores. Establece asimismo la obligación de que las autoridades nacionales llevan a cabo las inspecciones, adopten medidas correctoras e impongan sanciones.     


sábado, 1 de octubre de 2011

Diez reglas básicas para tener una mascota.

1.- Informarse sobre el animal antes de adquirirlo. Conocer sus necesidades, sus características y su comportamiento.
2.- Elegir un animal adecuado según las circunstancias personales de los individuos que van a convivir con el animal (edad, disponibilidad de espacio y de tiempo, economía, alergias, estatus inmunitario, carácter, etc.).
3.- Elegir animales sanos, con un origen de confianza. Si son especies que lo requieran, como las exóticas, que tengan su CITES (número de permiso de exportación/importación concedido para la comercialización de animales protegidos por el Convenio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
4.- Tener en cuenta que es una inversión a largo plazo y una gran responsabilidad, que va a requerir del propietario tiempo, atenciones y dinero.
5.- Control sanitario del animal. Visitas periódicas al veterinario: vacunaciones y desparasitaciones (interna y externa) en regla, exploraciones periódicas...
6.- Medidas higiénico-sanitarias en el hogar: limpieza periódica del animal (baño, corte de uñas, limpieza de oídos, dientes, etc.) y sus utensilios (comederos, juguetes, camas, terrario, etc.).
7.- Realización en casa de exploraciones periódicas del animal y en cuanto se observe algún síntoma extraño (aparición de heridas, bultos, toses, mocos, heces diarreicas, envolado en aves –cuando parecen estar hinchadas–, postración, cambio de color en reptiles y anfibios, pérdida de pelo, falta de apetito, aumento o pérdida de peso rápido, etc.) acudir al veterinario.
8.- Proporcionar al animal todas sus necesidades tanto de alimentación, temperatura, agua, estimulación psicológica y motriz, cariño, etc. conforme a las características de la especie.
9.- Siempre que sea posible, identificar al animal mediante microchip para poder localizarlo si se pierde o es robado.
10.- Tener en cuenta que una mascota es un miembro más de la familia y por lo tanto se le debe proporcionar todo aquello que sea necesario para su bienestar teniendo siempre en cuenta que es un animal, no un ser humano.