REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 961/2011 DE LA COMISIÓN de 27 de septiembre de 2011 por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima y por el que se deroga el Reglamento (UE) n o 297/2011. El Reglamento (UE) n o 297/2011 ha sido modificado en varias ocasiones según se ha desarrollado la situación. Tales modificaciones afectaban a la adopción de las tolerancias máximas de radioactividad de aplicación en los piensos y los alimentos originarios de Japón, así como a la inclusión de nuevas prefecturas a la zona a la que se aplicaron restricciones especiales después de que se hallaran en ellas niveles de contaminación por encima de las tolerancias máximas y a la retirada de prefecturas de la zona sometida a restricciones en caso de que un control exhaustivo demuestre que dichas prefecturas no se ven afectadas de manera significativa por la contaminación radiactiva.Dado que el Reglamento (UE) n o 297/2011 ha sido modificado en varias ocasiones en un periodo de tiempo reducido, conviene sustituir dicho Reglamento por uno nuevo. Fuente : Unión Europea |
lunes, 3 de octubre de 2011
Condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón
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