lunes, 19 de noviembre de 2012

Reglamento que modifica lo relativo a la lista de declaraciones nutricionales



El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro
REGLAMENTO (UE) Nº 1047/2012 DE LA COMISIÓN
de 8 de noviembre de 2012
por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1924/2006 en lo relativo a la lista de declaraciones nutricionales
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, y, en particular, su artículo 8, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1924/2006 establece que solamente pueden autorizarse las declaraciones nutricionales si están enumeradas en el anexo de dicho Reglamento y se ajustan a las condiciones fijadas en el mismo.
(2) Tras consultar a los Estados miembros y a las partes interesadas, en particular a los explotadores de empresas alimentarias y a las asociaciones de consumidores, se llegó a la conclusión de que es preciso completar la lista de las declaraciones nutricionales permitidas y modificar las condiciones de utilización de las ya autorizadas por el Reglamento (CE) nº 1924/2006.
(3) La sal se ha venido utilizando como conservante y como potenciador del sabor. Con el desarrollo de nuevas tecnologías y la aceptación generalizada de los criterios científicos sobre la sal, los fabricantes se esfuerzan por producir cada vez más productos sin sal añadida, cuando es tecnológicamente posible. Sin embargo, actualmente no está permitida la declaración de que no se ha añadido sal o sodio a un alimento concreto. Desde el punto de vista de la salud pública es importante fomentar esta innovación, por lo que procede permitir que los fabricantes informen a los consumidores de este aspecto particular del proceso de producción. Para evitar que se emplee tal declaración en el caso de alimentos con un alto contenido de sodio de forma natural, conviene limitar su uso a los alimentos con bajo contenido de sodio.

Fuente: Unión Europea
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